Municipalidad Distrital Gregorio Albarracin
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Registro Civil

Vision

La visión del Registro Civil, aún más allá de inscribir los actos relativos al registro de nacimiento, reconocimiento de hijos, rectificaciones administrativas, adopción, matrimonio, divorcio y defunción, es brindar un servicio de calidad, un servicio eficiente en beneficio del usuario.

Mision

Podemos decir que la misión del Registro Civil, tiene el deber Institucional de inscribir los actos relativos al estado civil de las personas, de manera permanente y obligatoria del acaecimiento y las características de sucesos vitales, para dar seguridad y certeza jurídica del estado civil de la persona.


Objetivos Generales

Responsable final en el registro y expedición de actas relativas al estado civil de las personas y demás funciones encomendadas por ley al Registro Civil, siempre demostrando ética y buena moral.


Objetivos Particulares

Posicionar al Registro Civil del municipio de Gregorio Albarracin Lanchipa como el número uno a nivel Distrital. Concretando los objetivos de su proyecto de Modernización y desarrollo. Para brindar al público en general asistencia social y jurídica a la persona que solicite los servicios sin distinción alguna, dando prioridad a los menores de edad, y personas de las tercera edad y con capacidades diferentes brindándoles apoyo inmediato en cualquier acta o servicio que solicite.



Funciones

El Registro de Estado Civil; no solo se registran sucesos vitales sino actos jurídicos que modifican el estado civil, este concepto sólo involucra la función; sin embargo, aunque la función sea la que crea el concepto, sean la finalidad la función a su vez las que crean la normativa en materia registral, adicionalmente resulta necesario precisar que el registro del Estado Civil, posee naturaleza autónoma, siendo complementado por el conjunto de normas que rigen la función registral. Su autonomía se plantea a través de tres elementos; especialidad de la materia, normatividad específica y principios propios, lo que le ha concedido rango independiente y un puesto en el Derecho Registral. Inscribir Nacimientos, Defunciones, Matrimonio.
-Anotaciones marginales, de Resoluciones judiciales, Notariales y administrativos
-Anotaciones marginales de Rectificaciones administrativas, Jefaturales del RENIEC
-Anotaciones marginales de cancelación DE Partidas por orden judicial, o del RENIEC
El contenido de estos dos elementos establece las materias o asuntos que deben considerarse dentro del estudio de los Registros del Estado civil.

ORGANIZACIÓN:
- Derechos y deberes del Registrador
- Competencia Registral
- Jurisdicción y jerarquía dentro de Sistema Registral
- Facultades y/o atribuciones
- La capacitación permanente
- El marco jurídico

REQUISITOS ESTABLECIDOS POR LA LEY PARA CONTRAER MATRIMONIO
•Partida de Nacimiento Original de los novios, actualizada, no mayor de 6 meses.
•Certificado Domiciliario de ambos expedida en la fecha, no anterior a 30 días (uno de ellos debe vivir en el distrito).
•Certificado de Salud de ambos y Consejería sobre ETS, VIS, SIDA expedida en la fecha, no mayor a 30 días
•Copia del documento de identidad ( D.N.I.) legalizada, vigente de los contrayentes y testigos (Con sello del último sufragio).
•02 testigos mayores de edad que los conozcan por lo menos tres años (no familiares).

EN CASO DE MENORES DE EDAD
•Autorización Judicial de los Padres(trámite en el Juzgado de Paz letrado).

EN CASO DE VIUDOS O DIVORCIADOS
•En Caso de los Viudos presentar, Copia actualizada y certificada de la partida de defunción del cónyuge fallecido.
•Para los Divorciados presentar, Ssentencia de Divorcio y Partida de Matrimonio con anotación Marginal del divorcio (para contraer un próximo matrimonio deberá ser divorciado más de lo 365 días).
•Recepción de expedientes: es de lunes a viernes, de 11:00 - 15:00 horas y con 15 días antes de la fecha de matrimonio.

TARIFA:
• S/. 50.00 En la Municipalidad de 9:00 - 12:30 y de 14:00 a 15:00 horas
• S/. 120.00 A domicilio de 9:00 - 17:00 horas
• S/. 155.00 sábados de 9:00 - 21:00 horas(hora exacta).

REQUISITO PARA INSCRIPCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
•Certificado de Nacido Vivo.
•Original y copia del documento de identidad ( D.N.I.), vigente de ambos padres en caso de ser mayores de edad.
•Boleta de Inscripción pre-militar de acuerdo a la edad.
•Libreta Militar de acuerdo a la edad.
•Partida de Nacimiento en caso de menores de edad (de 14 a 17 años).
•Presencia de ambos padres.
•Partida de matrimonio en caso de ser casada(o) en caso que no se encuentre uno de ellos en la ciudad.
•En caso de ser conviviente declararan ambos.
.En caso de Presunto Progenitor (a) presentar copia del DNI o Certificado de datos del presunto progenitor (a)
.Realizar la publicación en el diario de la localidad
•El plazo para la inscripción es de 60 días (a partir del día siguiente de nacido).
•Horario de atencio es de 08:00 a 13:00 horas

REQUISITOS PARA INSCRIPCION EXTRAORDINARIA DEL MENOR
•Constancia de no inscripcion de nacimiento (En caso de nacer fuera del Distrito o Departamento, se solicita de la Municipalidad más cercana del lugar de nacimiento).
•Certificado de Nacimiento
•Original y copia Legalizada del DNI de Padres.
•Original y copia Legalizada DNI de 2 Testigos. (No familiares).
•Presencia de padres, Testigos y el menor.
•Partida de Bautizo.
•Ficha de matrícula si tiene 5 años con foto.
•Plazo para la inscripción es de 30 días, una vez entregado los documentos.
LA INSCRIPCIÓN ES GRATUITA

REQUISITO PARA SOLICITAR CONSTANCIA DE NO INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO
•Solicitud dirigida al Alcalde, adjuntando.
•Fotocopia del Certificad de Nacimiento o fotocopia de matricula o de partida de bautismo.
•Fotocopia del DNI de quien solicita.
•Recibo de pago.
REQUISITO PARA OBTENER CERTIFICADO DE SOLTERIA
•Solicitud dirigida al Alcalde.
•Copia del DNI.
•Recibo de pago.